Con la restauración democrática en nuestro país, la UGT orientó prioritariamente el quehacer de su política sindical en acrecentar el prestigio y el poder del movimiento obrero organizado en Sindicatos de clase, para contrarrestar el debilitamiento y desprestigio que de estos se había pretendido desde otras instancias. Por ello, nuestra organización luchó sin descanso para clarificar el mapa sindical, por el reconocimiento del protagonismo sindical y por la responsabilidad legítima de éste como órgano genuino de la representación de los trabajadores en el ámbito de las relaciones laborales y en el contexto global de la sociedad.
En el marco de este esfuerzo surge la figura del delegado sindical, como una vía mas de aumentar el poder sindical dentro de la empresa. El reconocimiento legal del Delegado Sindical está recogido en la Ley Orgánica de Libertad Sindical (LOLS).
El Delegado Sindical es el representante de la UGT ante el empresario y los trabajadores de la empresa y debe delimitar los campos de actuación del Comité de Empresa y de las Secciones Sindicales, haciendo oir la voz y los puntos de vista de la UGT ante temas importantes, cuidando de no menoscabar el trabajo de los miembros de la UGT en el Comité de Empresa.
En la sección sindical de UGT-Ford, tanto los representantes electos al Comité de Empresa como los Delegados Sindicales, están integrados en alguna de las distintas Comisiones de Trabajo Empresa-Comité de Empresa, creadas para solventar posibles problemas y asegurar el cumplimiento de lo que recoge el Convenio Colectivo sobre diferentes materias.
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