La ley es extensa, compleja y modifica, en mayor o menor medidas, las leyes básicas y fundamentales para los trabajadores y el sistema de relaciones laborales: el Estatuto de los Trabajadores, la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, la ley de Procedimiento Laboral, la Ley General de la Seguridad Social, la Ley de Empleo, la Ley que regula las Empresas de Trabajo Temporal, y la ley 12/2001, de 9 de julio, de Medidas urgentes de Reforma del Mercado de Trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad.
En definitiva la reforma laboral, facilita y abarata el despido, no resuelve y entorpece la lucha contra la temporalidad y precariedad laboral, merma los derechos de los trabajadores en beneficio de un mayor poder empresarial, pone a los desempleados a merced de las agencias privadas de colocación con ánimo de lucro y contamina las relaciones laborales. En materia de negociación colectiva el Gobierno amenaza de que, si en el plazo de 6 meses, desde la aprobación de la reforma, empresarios y sindicatos no se ponen de acuerdo el Gobierno regulará esta materia, con lo que rompería la autonomía de las partes y el equilibrio en la negociación.
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