Este acuerdo contempla los siguientes puntos:
- Los trabajadores afectados por la prejubilación (33) tendrán un porcentaje del 80% según fórmula habitual
- La extinción de contratos se realizará a partir del 15 de agosto y hasta el 31 de diciembre de 2012, en función de las fases de terminación de los contratos actuales.
- Los trabajadores afectados por la extinción de contrato (48) recibirán una indemnización de 45 días por año trabajado, con un tope de 42 mensualidades.
- Programa de recolocación para los trabajadores afectados por la extinción de su contrato.
- Plan de Recolocación Preferente, es decir, bolsa de trabajo para los empleados cuyo contrato se extinga a fin de que si en un futuro se reinicia la actividad de construcción o reparación naval fijar la prioridad o preferencia en la contratación de estos.
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